En el territorio de las Islas Canarias no corresponde la aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido. Sin embargo, se aplica el Impuesto General Indirecto Canario (en adelante, IGIC) que, no obstante, presenta una naturaleza, estructura y características muy similares a las del IVA. Y la redacción de muchos preceptos, incluidos los referentes a cómo se declara el IGIC, son idénticos a este impuesto.
Declarar el IGIC supone someter a este impuesto los bienes y servicios realizados en las Islas Canarias, así como las importaciones de bienes en este territorio.
A tener en cuenta para declarar el IGIC
Ante todo, el IGIC es un impuesto sobre el consumo, aunque el sujeto pasivo o deudor del impuesto sean profesionales y empresarios. Esto significa que el consumidor final es sobre quien recae fiscalmente el impuesto, porque el empresario o profesional es un mero recaudador. Quien de verdad contribuye al enriquecimiento del Estado es el consumidor final, en el momento en el que realiza el consumo del bien o servicio.
Con carácter general, son obligados tributarios las personas físicas y jurídicas que tengan la condición de empresarios o profesionales y realicen las entregas de bienes o presten los servicios sujetos al impuesto.
Cómo se declara el IGIC
Es necesario presentar el IGIC cada tres meses a través del modelo 420 y un resumen anual mediante el modelo 425.
A la hora de cumplimentar cada modelo, tienes que seguir en orden las instrucciones normativas comenzando por una serie de datos identificativos del declarante. Una vez identificado el contribuyente, tendrás que consignar el IGIC devengado, por un lado, y el deducible por otro.
El devengado es el repercutido a los clientes en las facturas, cuyo resultado se obtendrá de aplicar a la base imponible de las operaciones realizadas el tipo de gravamen que corresponda, incluidas las operaciones realizadas a tipo impositivo cero.
El IGIC tiene hasta nueve tipos impositivos. El tipo impositivo es el porcentaje que se aplica a la cantidad sobre la que se calcula el impuesto.
Existen desde operaciones a tipo cero hasta operaciones especiales al 35 %. La venta de productos sanitarios o la entrega de ciertos alimentos tributan al 0 % y las labores de tabaco rubio llegan a tributar un 35 %.
El IGIC deducible se refiere al que debe de pagar el empresario o profesional por bienes o servicios necesarios para el desarrollo de su actividad.
Una vez calculados, se consignará el resultado de la diferencia entre el IGIC devengado y el deducible.
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